Somos un equipo profesional y experimentado que se dedica especialmente al área civil, comercial, laboral y administrativo.


Resolvemos consultas en las diferentes áreas de derecho, pero bajo la premisa de que previamente se ha realizado una juiciosa investigación jurídica del caso.


Intervenimos extrajudicial, judicial y administrativamente en los diversos conflictos que nuestros clientes pongan a consideración, tratando de resolver los asuntos bajo el dialogo y la mayor cordialidad posible.


Los procesos que manejamos tienen un seguimiento celoso y siempre buscando cubrir las expectativas de nuestros clientes dentro de los términos y plazos acordados.


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Nota: Nuestras respuestas son de caracter informativo y bajo la idea de fomentar el debate; no remplazamos la asesoria profesional por no estar presente en consulta y por lo tanto nos eximimos de cualquier responsabilidad.

lunes, 24 de diciembre de 2012

LESION ENORME

PREGUNTA

Drs, Mi abuelo le vendio una propiedad a su hija por un precio inferior al 50% del avaluo catastral reservandose el usufructo de la propiedad. Mi abuelo murio al año y medio de haber legalizado por escritura (que fue inscrita en registro publico), y mi tio ahora demando la escritura por lesion enorme.
Preguntas:
1. La propiedad era de mi abuelo. El hijo ahora puede demandar por lesion enorme si el no era el dueño ? El no era parte del negocio.
2. El valor comercial de un bien no se reduce si el vendedor se reserva el usufructo hasta la muerte ?


Defendernos de una demanda por lesion enorme, y ahora un perito avaluo la propiedad comercialmente y desconoce que la reserva de usufructo al momento de la venta disminuye el valor comercial.,

RESPUESTA

Cordial saludo.

Bajo mi concepto podria caber mas bien una simulacion en vez de lesion enorme pero es un manejo juridico del abogado de su tio.

sinceramente es muy bajo el precio en que la compradora adquirio el inmuble, ya que el 50% del avaluo catastral no es nada y efectivamente puede caber una lesion enorme.

1) aunque el demandante no era dueño, tiene legitimidad teniendo en cuenta que el bien vendido irregularmente eventualmente entraria a una sucesion o en su defecto el dinero producto de la venta.
2) El valor comercial puede caer por la reserva del usufructo, pero esto no puede ser tasado como fue hecho en el negocio, por debajo del 50% del avaluo catastral. Este tipo de negocios es comun hacerlo para evitar procesos de sucesiones, pero se debe tener mucho cuidado en no menoscabar los derechos de los demas herederos.


Ese es mi punto de vista. Frente a lo expuesto por ustedes, en lo que refiere que el perito avaluo comercialmente el inmueble sin tener en cuenta el usufructo (de todas maneras ya se termino por causa de la muerte) si tenian objeciones tenian que presentarla en el termino de traslado. Esa es la oportunida para hacerlo.

Estamos charlando si tiene mas inquietudes

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