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miércoles, 10 de agosto de 2011
derecho Civil (deudor solidario)
Respuesta:
La figura de la fianza es mal usada como termino muy popular en el mercado. Pero la fianza difiere mucho de lo que las personas comunmente aplican a sus negocios.
Para el caso concreto como usted lo menciona es mejor establecer que para los contratos de arrendamiento el termino adecuado es deudor solidario.
usted figura aqui como si tambien hubiera tomado el arriendo y se puede hacer acreedor de todas la acciones judiciales pertinentes.
Para salirse de este asunto usted debe negociar con la inmobiliaria para presentar una nueva garantia (un nuevo deudor solidario) o conciliar con su amigo para que se haga entrega del inmueble.
Si a usted le toca pagar canones atrasados, puede demandar a su amigo pero por el 50% ya que se supone que tambien es usted un tomador del inmueble y un "deudor solidario" estos son los problemitas que existen en este tipo de contratos.
Siempre lo mejor para estos caso es conciliar, porque si se deja pasar mas tiempo o si se instaura una demanda, los perjuicios seran mayores.
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