Somos un equipo profesional y experimentado que se dedica especialmente al área civil, comercial, laboral y administrativo.


Resolvemos consultas en las diferentes áreas de derecho, pero bajo la premisa de que previamente se ha realizado una juiciosa investigación jurídica del caso.


Intervenimos extrajudicial, judicial y administrativamente en los diversos conflictos que nuestros clientes pongan a consideración, tratando de resolver los asuntos bajo el dialogo y la mayor cordialidad posible.


Los procesos que manejamos tienen un seguimiento celoso y siempre buscando cubrir las expectativas de nuestros clientes dentro de los términos y plazos acordados.


  • Manejamos tramites Notariales.

  • Formulamos demandas y llevamos los correspondientes procesos en el area civil, comercial, laboral y administrativo.

  • Realizamos cobro prejuridico y jurídico.

  • Estudio de títulos para constitución de garantías, prestamos, tramites.

  • Asesorías negocial.

  • Representación judicial campo civil, comercial, laboral y administrativo.

  • Administramos inmuebles.

  • Análisis financiero obligaciones hipotecarias y personales.



Nota: Nuestras respuestas son de caracter informativo y bajo la idea de fomentar el debate; no remplazamos la asesoria profesional por no estar presente en consulta y por lo tanto nos eximimos de cualquier responsabilidad.

sábado, 21 de julio de 2012

Retencion en la fuente honorarios

trabajo para la compañia suramericana de se seguros y mi contrato figura como asesor independiente y de mis comisiones tenemos una retencion en la fuente del 10 %. que beneficios tendria al respecto si en la actualidad tengo un crédito hipotecario con un banco? graciass

RESPUESTA

Cordial saludo

Bueno primero que todo ya ha intentado informar al empleador que aplique la ley 1450 de 2011, para que no efectue retencion en la fuente si tienes ingresos por honorarios mensuales inferiores a $7,500,000 aproximadamente.

Yo creo que prácticamente te sirve mas esta norma, ya que te exoneraría de pagar la retención de la fuente.

Si los honorarios mensuales estan por encima de los 300 uvt, pues ya habria que pensar en otra opcion.


“Artículo 173 Ley 1450 de 2011. Aplicación de Retención en la fuente para trabajadores independientes. A los trabajadores independientes que tengan contratos de prestación de servicios al año, que no exceda a trescientos (300) UVTs mensuales, se les aplicará la misma tasa de retención de los asalariados estipulada en la tabla de retención en la fuente contenida en el Artículo 383 del E.T., modificado por la Ley 1111 de 2006.”

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